Casi todos los estudios de fotografía estan ubicados en zona azul o verde (Madrid), así que cada dos por tres aguantamos multas por olvidarnos de salir a cambiar el ticket, aqui os dejo un alegato interesante de un abogago, el caso es que funciona:
Las multas que te ponen cuando se nos olvida poner el ticket de zona
azul son todas nulas de pleno derecho según el art 62.1.b de la Ley
30/1992 de 26 de Noviembre y el art 3 del Reglamento del Procedimiento
Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y
Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero.
Tú no estas obligado a pagar la zona azul ya que para eso pagas un
impuesto de circulación en tu ciudad. Cuando pones “1 Euro” en el
parkimetro, ese Euro va directamente a parar al bolsillo del dueño de
la empresa concesionaria privada y cuando no has puesto ticket te
colocan un sobre marrón en el parabrisas del coche, que introduciendolo
en la maquinita y pagando “solo 3 Euros”, que van a parar directamente
al bolsillo del dueño de dicha empresa, te quitan muy amablemente la
multa, pero ATENCION
que si no pagas los “3 euros” , ellos alegando falsamente que esa multa
la pone un Policia Local te envian la multa por medio de la Diputación
llegando a embargarte la cuenta del banco si no pagas en un tiempo que
te dan la cantidad de 90 Euros, que muy amablemente te rebajan a 50
Euros si pagas antes de 10 dias, y todo basado en
un fraude ante el desconocimiento de la gente en general con el que
todos salen ganando menos tú.
Para ello pongamos nuestros datos en el archivo adjunto, que es un
comunicado tipo que entregaremos en Diputación por duplicado, pero no
antes de que te llegue la multa a tu casa (para poder poner el número de
expediente de la multa). Una vez entregado en información le dices al
funcionario que le de entrada al documento sellandote la copia que tu
te llevarás. En 1 mes aprox. te contesta la diputación dandote la razón
y archivando tu expediente y fuera multa y embargo de cuenta bancaria.
LA INSTANCIA DE DESCARGOS:
AL ILMO SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
D. , MAYOR
DE EDAD CON DNI; CON DOMICILIO EN
C/
,
MANIFIESTA:
Que he sido anunciado en el BOP bajo el epígrafe “notificación de
denuncia de tráfico”, número de expediente , por
estacionar en lugares habilitados por la autoridad municipal como
estacionamiento con limitación horaria, sin colocar el distintivo que
lo autoriza, por un importe de euros, no estando
conforme con la misma y dentro del plazo señalado, presento la
siguiente:
ALEGACION
El número de agente denunciante que figura en la notificación de la
denuncia no corresponde a ningún agente de la Policía Local de la
Población, pudiendo corresponder a alguno de los encargados de la
empresa que gestiona la zona azul, en consecuencia, el acto de inicio
del Procedimiento Sancionador resulta nulo de pleno derecho, conforme al
art. 62.1.b, de la Ley 30/1992, de 26 noviembre. Al ser dictado por
órgano manifiestamente incompetente, en cuanto que la denuncia no ha
sido formulada por agente de la Policía Local o agente alguno de la
autoridad ni autoridad competente alguna, según dispone el art 3 del
Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico,
circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por Real
Decreto 320/1994, de 25 de febrero.
Por lo expuesto:
Solicito que, tengan por presentado en tiempo y forma este escrito
de alegación en el expediente de referencia, y tras los trámites
oportunos, acuerden declarar su improcedencia y procedan al archivo de
sus actuaciones.